Resumen del Artículo Disposición adicional cuadragésima sexta

Artículo Disposición adicional cuadragésima sexta del Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) — Disposición adicional cuadragésima sexta. Remisión de información relativa a contratación del Sector Público Autonómico y Local al Comité Técnico de Cuentas Nacionales. En el ámbito de los sectores públicos autonómico y local, deberán remitirse al Comité Técnico de Cuentas…

LCSPVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo Disposición adicional cuadragésima sextaDisposición adicional cuadragésima sexta

Disposición adicional cuadragésima sexta. Remisión de información relativa a contratación del Sector Público Autonómico y Local al Comité Técnico de Cuentas Nacionales.

En el ámbito de los sectores públicos autonómico y local, deberán remitirse al Comité Técnico de Cuentas Nacionales citado en la Disposición adicional anterior, todos los contratos de concesión de obras o de concesión de servicios adjudicados en sus respectivos ámbitos, cuyo valor estimado sea igual o superior a doce millones de euros, o en cuya financiación se prevea cualquier forma de ayuda o aportación estatal, o el otorgamiento de préstamos o anticipos.

El Comité Técnico de Cuentas Nacionales emitirá en relación con los mismos un informe sobre los efectos de la celebración del contrato en las cuentas económicas de la Administración contratante.

Norma publicada: 8 de noviembre de 2017

Fuente oficial: BOE

¿Necesitas analizar este artículo?

Pensso puede ayudarte a interpretar, comparar y aplicar este artículo a tu caso concreto usando IA especializada en derecho español.

Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición adicional cuadragésima sexta

¿Qué dice el Artículo Disposición adicional cuadragésima sexta del LCSP?

Disposición adicional cuadragésima sexta. Remisión de información relativa a contratación del Sector Público Autonómico y Local al Comité Técnico de Cuentas Nacionales. En el ámbito de los sectores…

¿El Artículo Disposición adicional cuadragésima sexta del LCSP está vigente?

El artículo Disposición adicional cuadragésima sexta del LCSP está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición adicional cuadragésima sexta dentro del LCSP?

Se encuentra en la estructura: LIBRO CUARTO.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición adicional cuadragésima sexta?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.